Meta 2 : La mejora del bienestar y del estatus de los docentes y del personal educativo y el total respeto de sus derechos humanos y sindicales y sus libertades profesionales.
Trabajar para la ratificación y la puesta en práctica de los Convenios de la OIT 87 (sobre la libertad sindical y la protección del derecho a la sindicación), 98 (relativo a la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva), 100 (sobre igualdad de remuneración), 111 (relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación), 140 (sobre la licencia pagada de estudios), 169 (sobre pueblos indígenas y tribales), 183 (protección de la maternidad); y de las recomendaciones de la OIT/UNESCO relativas a la situación del personal docente (1966) y sobre la condición del personal docente en la enseñanza superior (1997).
