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Internacional de la educación
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Se insta a Uzbekistán a poner fin al trabajo forzoso

publicado 13 junio 2013 actualizado 24 junio 2013

La IE ha condenado el incumplimiento del Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, así como el incumplimiento del Convenio 105 sobre la Abolición del Trabajo Forzoso, por parte de las autoridades de Uzbekistán.

"El trabajo forzoso patrocinado por el Estado sigue siendo grave, sistemático y continuo", denunció la Coordinadora Superior de Derechos Humanos y Derechos Sindicales de la Internacional de la Educación, Dominique Marlet, durante la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT), que tuvo lugar en 2013.

"Los niños, en su mayoría de edades comprendidas entre 15 y 17 e incluso algunos de tan solo 10 años de edad, son obligados a recoger algodón bajo la amenaza de ser castigados, por ejemplo, expulsándolos de la escuela. Asimismo, aproximadamente un 60 por ciento de los maestros de escuela son forzados a recoger algodón y a supervisar las cuotas".

Las cifras más conservadoras estiman que hasta medio millón de universitarios y estudiantes de instituto participaron en 2012 en la cosecha de algodón de Uzbekistán, añadió Dominique Marlet.

El trabajo en los campos de algodón perjudica la educación de calidad Al igual que en años anteriores, en el año 2012 los niños que fueron forzados a recoger algodón trabajaron demasiadas horas y realizaron trabajos físicos en condiciones peligrosas.

Esta es una clara violación de la legislación nacional y de los convenios internacionales, afirmó Marlet.

"La participación de estos niños en la cosecha es organizada y gestionada por las autoridades con el fin de cumplir con los cupos de algodón establecidos por el gobierno central.

Los adultos - maestros, médicos, enfermeras, funcionarios y empleados del sector privado - se ven obligados a recoger algodón junto a los niños. Los defensores uzbekos de los derechos humanos que intentan controlar la cosecha de algodón son sometidos al acoso, la intimidación y al arresto".

Asimismo, la IE informó que en 2012 las autoridades gubernamentales cerraron escuelas en al menos tres regiones: Kashkadarya, Samarcanda y Andijan. A finales de septiembre, los alumnos fueron enviados a los campos. A principios de octubre, los directores de las escuelas rurales pedían a sus maestros que llevaran con ellos a los alumnos para recoger algodón.

Se impugnó la denegación de Uzbekistán

La Comisión de la OIT sobre la Aplicación de Normas (CAS) también recomendó al gobierno uzbeko que tomara medidas urgentes y rotundas con el fin de erradicar el trabajo forzoso de niños y adultos en el sector del algodón.

Durante una audiencia celebrada por la CAS, Uzbekistán volvió a negar que los niños hubieran trabajado en los campos de algodón en 2012 y guardó silencio sobre la existencia del trabajo forzoso de adultos.

Como constataron la Confederación Sindical Internacional y la Organización Internacional de Empleadores (OIE), dicha afirmación carece de pruebas y contradice los hechos expuestos por la sociedad civil independiente.

Por otra parte, la OIE apuntó que si no existe el trabajo forzoso en la cosecha del algodón, entonces no hay ninguna razón para que el gobierno uzbeco rechace la supervisión independiente por parte de la OIT.

"Para demostrar su compromiso, el gobierno uzbeko debe solicitar una misión tripartita de alto nivel de la OIT el 1 de agosto, con el fin de supervisar la cosecha de algodón de 2013", declaró Joanna Ewart-James de Anti-Slavery International. "Los retrasos se traducirán en otro año en el que más de un millón de niños y adultos se verán obligados a recoger algodón."

Brian Campbell del Foro Internacional de Derechos Laborales afirmó: "El gobierno de Uzbekistán tiene que aceptar la supervisión de la OIT, que incluye la participación de la sociedad civil independiente.

El hecho de que participen las organizaciones de la sociedad civil de Uzbekistán es el indicador del compromiso del gobierno de Uzbekistán en lo que se refiere al respeto de las normas internacionales del trabajo".