Ei-iE

Resolución sobre el derecho del personal jubilado a vivir de forma digna

publicado 23 julio 2004 actualizado 31 marzo 2017

El IVº Congreso Mundial de la Internacional de la Educación reunido en Porto Alegre (Brazil) del 22 al 26 de julio de 2004 :

1. Recuerda que las luchas sociales han permitido que los/as trabajadores/as en general, y el personal docente en particular, de numerosos países, puedan poner término a su actividad profesional, entre los 55 y los 65 años en la mayor parte de los casos, y disponer de una pensión de jubilación para el resto de su vida;

2. Recuerda que la financiación de estas pensiones se alimenta generalmente mediante las cotizaciones descontadas del salario que paga el empleador al trabajador y que esta financiación constituye de hecho un sueldo diferido;

3. Recuerda igualmente que la asignación del capital disponible para el pago de estas pensiones puede basarse bien en un sistema contributivo, en un sistema de capitalización, o en un sistema mixto;

El Congreso :

4. Reafirma el derecho imprescriptible de todos/as los/as trabajadores/as, incluidos los/as trabajadores de la educación, a una adecuada jubilación que les permita vivir de forma digna;

5. Constata que el sistema de pensiones contributivas, que utiliza de hecho el pago de cotizaciones de los/as trabajadores/as activos/as para cubrir las pensiones de los jubilados/as confronta actualmente en los países industrializados una grave crisis debido a la reducción del número de trabajadores/as cotizantes, la persistencia de una elevada tasa de desempleo y el desarrollo de un sector informal;

6. Constata que en numerosos países industrializados se han iniciado reformas del sistema de pensiones con vistas a prolongar los años de vida activa, aumentar la suma de las cotizaciones y reducir el monto de las pensiones, reformas que han provocado ya conflictos sociales;

7. Constata además que el sistema de pensiones por capitalización, que de hecho se basa en los dividendos obtenidos de la inversión financiera de las cotizaciones de los/as trabajadores/as activos, ha venido asistiendo en los últimos años al derrumbamiento, en ocasiones espectacular, de los valores en bolsa;

8. Constata que por efecto del derrumbamiento de los valores en bolsa, numerosos/as trabajadores/as han quedado totalmente arruinados/as o se han visto abocados/as a recibir una pensión muy reducida, lo que les sitúa en una situación de dependencia económica;

9. Declara que es inaceptable que : a. Los/as trabajadores/as del sector de la educación estén obligados a seguir trabajando a una edad avanzada en un contexto de deterioro de las condiciones laborales y aún más teniendo en cuenta que los poderes públicos no introducen las reformas necesarias para hacer el trabajo menos penoso; b. Los/as jubilados/as tengan que soportar una disminución de su nivel de vida en comparación con las personas activas; c. Los/as trabajadores/as con carreras más cortas, que particularmente las mujeres, así como los trabajadores precarios o desempleados, sean las víctimas principales de las reformas emprendidas; d. Los sistemas de jubilación complementarios facultativos se desarrollen en detrimento de los regímenes públicos obligatorios y solidarios, dado que favorecen el aumento de las desigualdades; e. El ahorro personal vuelva a ser el medio principal para prepararse para la jubilación y que la solidaridad desaparezca en beneficio del cada uno por sí mismo.

El Congreso :

10. Solicita al Consejo Ejecutivo que preste toda la atención que requiere la cuestión de las pensiones de los trabajadores de la educación, plantee este problema ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y consulte a instituciones competentes a fin de promover politicas de reformas de pensiones que apoyen los intereses de los/as docentes y trabajadores/as de la educacion;

11. Otorga mandato al Consejo Ejecutivo para que reuna información sobre la formación que las organizaciones miembro de la IE proporcionan a los/as afiliados/as que participan en la dirección de los sistemas de jubilaciones y pensiones, y para que investigue y disemine estudios de casos sobre como las organizaciones de la IE protegen los intereses jubilatorios de su membresia.

12. Solicita al Consejo Ejecutivo que emprenda los estudios necesarios sobre las distintas políticas de pensiones existentes en el sector de la educación, así como sobre las reformas emprendidas en los últimos años;

13. Invita a las organizaciones afiliadas a mantener la mayor vigilancia posible sobre el lugar que ocupan las pensiones en las políticas sociales de sus respectivos países y a luchar contra las politicas regresivas y desastrosas para los servicios de educacion publica.

14. Solicita a las organizaciones afiliadas que exijan la aplicación total de los derechos humanos al personal jubilado, particularmente cuando se vuelve dependiente, lo cual implica la necesidad de impartir una formación inicial y continua de gran calidad a un número suficiente de trabajadores/as de la salud pública.

15. Invita a las organizationes miembro a involucrar a los/as jubilados/as del sector educativo, en especial abriendo espacios para ellos en el sindicato.