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La Internacional de la Educación celebra los importantes avances en las reformas internacionales de los derechos de autoría para la educación

publicado 5 junio 2026 actualizado 10 junio 2026

La 48ª sesión del Comité Permanente de Derecho de Autor y Derechos Conexos (SCCR) de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) ha concluido con un gran avance en la agenda fundamental de excepciones y limitaciones al derecho de autoría en el ámbito de la educación y la investigación. El Comité acordó entablar negociaciones basadas en textos en los ámbitos de la educación, la conservación y las personas con discapacidad no contempladas en el Tratado de Marrakech.

En 2012 la Asamblea General encomendó a la OMPI proseguir con los debates “en pos de un instrumento o instrumentos jurídicos internacionales apropiados (…) en relación con las limitaciones y excepciones” para bibliotecas, archivos, museos, instituciones de educación e investigación y personas con discapacidad no contempladas en el Tratado de Marrakech.

La decisión del Comité de entablar finalmente negociaciones basadas en textos constituye un importante paso adelante que las partes interesadas han estado 14 años reclamando.

La Internacional de la Educación y sus organizaciones afiliadas llevan mucho tiempo abogando por la adopción de medidas sobre excepciones y limitaciones ponderadas a los derechos de autor en el ámbito de la educación, la investigación, las bibliotecas, los archivos y los museos, participando sistemáticamente en reuniones y conferencias internacionales y regionales del Comité con objeto de impulsar dicha agenda. El objetivo es garantizar que el personal docente pueda ejercer su libertad académica para elegir y adaptar los materiales didácticos con el fin de ofrecer una educación inclusiva y de calidad, y que las personas investigadoras puedan hacer un uso razonable de los materiales protegidos por derechos de autor para llevar a cabo sus trabajos de investigación.

La declaración de la IE ante el SCCR hizo hincapié en la importancia de las excepciones y limitaciones a los derechos de autor en el ámbito de la educación, señalando que “los y las docentes adaptan materiales y utilizan vídeos, imágenes o noticias a diario para responder a los acontecimientos actuales y ayudar a sus estudiantes a comprender los contextos en los que se encuentran, sujetos a constantes cambios. La misión pública de la educación depende de este trabajo. Sin unos sistemas de derechos de autor justos y equilibrados, esta labor esencial se ve limitada, lo cual repercute directamente en la calidad de la enseñanza, en la calidad de la educación y en el ejercicio del derecho fundamental a la educación”.

Las negociaciones basadas en textos darán comienzo en diciembre, pero la defensa de la investigación continúa

En la próxima reunión del SCCR, que tendrán lugar en diciembre, la Presidencia propondrá un borrador que cubra las limitaciones y excepciones en las áreas prioritarias –conservación, educación y personas con otras discapacidades–, lo que permitirá que las negociaciones avancen sobre la base de un texto concreto.

“La Internacional de la Educación y docentes de todo el mundo aplauden este importante paso adelante. Apoyamos plenamente la inclusión de las personas con discapacidad que no están amparadas por el Tratado de Marrakech. No obstante, nos preocupa que se haya dejado de lado el ámbito de la investigación. Seguiremos trabajando para garantizar que la agenda sobre este importante tema no se estanque”, declaró David Edwards, secretario general de la Internacional de la Educación.

Tratado sobre radiodifusión: La IE aboga por un acceso razonable a contenidos de radiodifusión

En el debate sobre la adopción de un Tratado sobre Radiodifusión no se llegó a un acuerdo con respecto al último borrador. Centrado inicialmente en la protección de las señales de radiodifusión que transmiten, por ejemplo, programas de televisión analógica, el proyecto de Tratado de la OMPI sobre los organismos de radiodifusión ha visto desde entonces ampliado significativamente su alcance, lo que ha dado lugar a confusión y a extensos debates.

El artículo 11 del proyecto de tratado se centra en las limitaciones y excepciones al derecho de autor. Durante el debate, el representante de Brasil hizo una importante declaración en apoyo a la agenda de limitaciones y excepciones al derecho de autor/a como elemento fundamental para la agenda de desarrollo.

A la IE le preocupa que el actual proyecto de Tratado sobre Radiodifusión no incluya excepciones y limitaciones adecuadas que protejan el uso legítimo de materiales de radiodifusión con fines educativos y de investigación. De aprobarse, el sector educativo podría enfrentarse a barreras a la hora de utilizar contenidos radiodifundidos, tanto analógicos (como emisiones de televisión grabadas o en directo) como digitales (por ejemplo, mostrar en el aula un vídeo de YouTube o programas de televisión transmitidos digitalmente o en directo).

Coalición por el Acceso al Conocimiento: Cómo las normas internacionales de derechos de autor pueden ser más útiles para las personas, la creatividad y el desarrollo

La Coalición por el Acceso al Conocimiento organizó un evento paralelo en el que se destacó la importancia de la agenda de limitaciones y excepciones al derecho de autor. El evento fue inaugurado por el embajador de Sudáfrica y contó con la participación de representantes de la Federación Internacional de Asociaciones e Instituciones Bibliotecarias, la Internacional de la Educación y la Society of American Archivists, y fue clausurado por la presidenta de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de Iberoamérica.

Durante la intervención de la IE se presentaron una serie de investigaciones sobre el impacto de las estrictas leyes de derechos de autor en la práctica profesional del personal docente. Entre las principales conclusiones cabe destacar:

  • Las personas docentes trabajan con una gran variedad de recursos y, en su mayoría, utilizan parte de obras protegidas por derechos de autor.
  • Las estrictas leyes de derechos de autor tienen un efecto amedrentador y frenan las prácticas docentes innovadoras, lo que hace que las personas decentes sean incapaces y se muestren reacias a llevar a cabo usos específicos, como adaptar materiales y ponerlos a disposición del estudiantado.
  • Las personas docentes necesitan formación sobre la legislación en materia de derechos de autor para poder tomar decisiones con conocimiento de causa.
  • Las actividades educativas transfronterizas siguen constituyendo un reto y solo están reguladas dentro de la Unión Europea (UE). Los intercambios de materiales protegidos más allá de las fronteras de la UE no son posibles.

A la luz de estas conclusiones, resulta esencial que las personas responsables políticas y las expertas jurídicas a escala nacional e internacional comprendan el impacto que tienen sus decisiones en el profesorado y en la educación. El profesorado y sus sindicatos deben ser consultados a la hora de diseñar las leyes de derechos de autor.

Además, las desigualdades globales deben abordarse y corregirse. “Los estudios han demostrado reiteradamente que los países en desarrollo suelen tener los sistemas menos permisivos en materia de excepciones de interés público. Cuando los países africanos intentan ampliar las disposiciones de interés público a niveles comparables a los de Estados Unidos o la Unión Europea, se encuentran a menudo con alegaciones que sostienen que tales medidas socavan las normas internacionales de propiedad intelectual. Precisamente por eso es tan importante que exista mayor claridad en el sistema internacional con respecto a estas flexibilidades”, señaló el embajador Mzukisi Qobo, coordinador del Grupo Africano de la OMPI.

Como bien público y derechos humano fundamental, la educación merece leyes justas en materia de derechos de autor. Estas leyes no deben limitarse a los países ricos, sino que deben ponerse a disposición de todas las personas estudiantes y docentes del mundo y deben diseñarse de tal forma que faciliten la colaboración y el intercambio transfronterizos.