Noruega: La Organización Internacional del Trabajo se solidariza con el sindicato de docentes contra el uso del arbitraje obligatorio para poner fin a la huelga docente
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) obtuvo un éxito para los derechos sindicales y reafirmó el derecho de huelga en un caso interpuesto en nombre del personal docente en Noruega.
Tras revisar una queja presentada por el Union of Education Norway (UEN) y la Internacional de la Educación (IE), el Comité de Libertad Sindical de la OIT emitió un conjunto de conclusiones y recomendaciones que respaldan la postura de la UEN, organización miembro de la IE, en contra del uso del arbitraje obligatorio por parte de Noruega para poner fin a una huelga docente en 2022.
El Comité de la OIT critica el uso del arbitraje obligatorio por parte de Noruega para acabar con las huelgas legales y destaca que la intervención en la huelga docente de 2022 es similar a otros casos por los que Noruega ha sido criticada por la OIT. El Comité describe esto como una preocupación de larga data y espera que el Estado, en consulta con los interlocutores sociales, encuentre soluciones que puedan reducir el uso del arbitraje obligatorio en el futuro.
“Nos complace que la OIT haya brindado su apoyo al UEN y a nuestros afiliados”, declaró el dirigente sindical Geir Røssvoll. “El derecho de huelga es un derecho humano y absolutamente fundamental para el movimiento sindical”.

Se reafirma el derecho de huelga
El Comité también afirma que las posibles consecuencias a largo plazo de una huelga en el sector educativo no justifican la injerencia en el derecho de huelga. Esto resulta especialmente importante para el UEN, ya que la queja hizo hincapié en que la decisión del gobierno de imponer un arbitraje obligatorio se tomó sin contar con un conocimiento exhaustivo de las posibles consecuencias y se basó principalmente en preocupaciones imprecisas.
Además, las declaraciones del Comité reafirman el derecho general de huelga en el sector educativo, lo que el UEN considera esencial de cara al futuro.
El Comité concluye que el uso del arbitraje obligatorio en sectores que no resultan esenciales, como el educativo, es difícilmente compatible con el derecho de huelga y el principio en virtud del cual la negociación colectiva debe ser voluntaria. En la jurisprudencia de la OIT, los servicios esenciales se definen como aquellos cuya interrupción pondría en peligro la vida, la seguridad personal o la salud de toda o parte de la población.
Asimismo, el Comité recuerda que, en lo que respecta al sector educativo, el gobierno debe colaborar con los sindicatos, los empleadores y los interlocutores sociales a fin de establecer niveles mínimos de servicio durante huelgas prolongadas.
Tras el recurso al arbitraje obligatorio en 2022, el gobierno estableció un grupo de trabajo a fin de estudiar formas de reducir el uso de esta medida. El Comité considera que esta iniciativa supone un paso en la dirección correcta y ha constatado que el gobierno se ha comprometido a continuar el diálogo con los interlocutores sociales para reducir la dependencia del arbitraje obligatorio, incluyendo la reanudación de las negociaciones sobre la introducción de convenios de servicios mínimos.
Este resultado representa un éxito significativo para los sindicatos de docentes. Otro avance positivo es la oportuna publicación de las recomendaciones de la OIT, emitidas menos de 18 meses después de que los sindicatos presentaran sus alegaciones en octubre de 2023. Dada la naturaleza de los mecanismos de supervisión de la OIT, donde se invita a los interlocutores sociales a presentar comentarios en diversas etapas, este se considera un resultado rápido.
La IE ha publicado un manual para ayudar a sus organizaciones miembros a presentar quejas ante los organismos de la ONU y las instituciones intergubernamentales. El mecanismo de supervisión de la OIT utilizado por el UEN se explica en el capítulo 2 del manual.